La respuesta a esta pregunta puede variar según la legislación de cada país y las circunstancias específicas de cada caso. En general, las empresas tienen derecho a monitorear el uso de los vehículos de la empresa y la ubicación de sus empleados mientras están trabajando, especialmente si el trabajo involucra viajes o entregas.
Si estás interesado en adquirir alguno de estos dispositivos para control de flotas o cuidar de familiares puedes ver el post en el que analizamos los 5 mejores rastreadores de coches.
Sin embargo, en muchos países existen leyes que protegen la privacidad de los empleados y establecen límites al monitoreo de la ubicación y actividades de estos. En algunos casos, las empresas pueden requerir el consentimiento expreso de los empleados antes de instalar sistemas de GPS en sus vehículos o dispositivos personales.
Es importante que consultes las leyes y regulaciones aplicables en tu país y en tu lugar de trabajo, así como también revises tu contrato laboral y las políticas de la empresa para conocer tus derechos y responsabilidades. Si tienes dudas o preocupaciones acerca de la instalación de GPS en tu vehículo o dispositivo personal, puedes hablar con tu empleador o buscar asesoría legal especializada.
Aquí te dejaré las reglas básicas que deben cumplirse para que sea legal el uso de un rastreador en un puesto de trabajo, como deben tratarse esos datos recogidos, los derechos que se tiene con respecto a esos datos y cuando sería ilegal su uso.
¿Cuándo es legal?
Para que sea legal en España también deben cumplirse una serie de requisitos se tendrá siempre en cuenta los derechos fundamentales de los ciudadanos, reconocidos por la constitución entre los que están; la inviolabilidad del domicilio, el secreto de comunicaciones, el honor y la intimidad.
Si los datos recogidos revelan información que no concierne a la actividad laboral supondría una violación del derecho fundamental a la privacidad del trabajador, por lo tanto, hay que revisar el principio de proporcionalidad, este no será vulnerado si se cumplen 3 requisitos:
- Juicio de idoneidad: la medida tiene las condiciones necesarias para que se consiga el objetivo propuesto.
- Juicio de necesidad: es necesaria ya que no existe otra medida menos invasiva para conseguir el propósito con la misma eficacia.
- Juicio de proporcionalidad estricto: esta medida debe ser equilibrada ya que aporta más beneficios para el interés general que prejuicios sobre bienes o valores en conflicto.
Para determinar la proporcionalidad de los datos se analiza caso por caso y valora las situaciones de cada empresario.
Si la empresa a estudiado todos los métodos disponibles para ver si hay otro menos invasivo y lo ha encontrado, debe darse prioridad a ese, si no lo hay y cumple con los 3 requisitos anteriormente nombrados, tiene que hacer 2 cosas:
Informar previamente a los trabajadores que se van a ver afectados por la colocación del GPS y que esa información puede ser utilizada para ciertos fines como son:
- Optimización de procesos
- Control de tareas
- Aumento de la seguridad
- Posibles sanciones o despidos por incumplimiento del horario de la jornada laboral.
La información la tiene que dar de forma expresa, precisa e inequívoca, conforme indica el artículo 5.1 LOPD (ley orgánica de protección de datos de carácter personal) por lo tanto a ti como empleado te tienen que dar un escrito en el que se te explique con que finalidad se van a utilizar esos datos y que ocurriría si te niegas a darlos.
¿Qué dice el estatuto de los trabajadores?
El estatuto de los trabajadores en los artículos 18, 20, y 20 bis habla sobre el control al empleado en el ambiente laboral:
Artículo 18. Inviolabilidad de la persona del trabajador.
Solo podrán realizarse registros sobre la persona del trabajador, en sus taquillas y efectos particulares, cuando sean necesarios para la protección del patrimonio empresarial y del de los demás trabajadores de la empresa, dentro del centro de trabajo y en horas de trabajo. En su realización se respetará al máximo la dignidad e intimidad del trabajador y se contará con la asistencia de un representante legal de los trabajadores o, en su ausencia del centro de trabajo, de otro trabajador de la empresa, siempre que ello fuera posible.”
Artículo 20. Dirección y control de la actividad laboral
- El empresario podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales, guardando en su adopción y aplicación la consideración debida a su dignidad y teniendo en cuenta, en su caso, la capacidad real de los trabajadores con discapacidad”.
Artículo 20 bis. Derechos de los trabajadores a la intimidad en relación con el entorno digital y a la desconexión.
Los trabajadores tienen derecho a la intimidad en el uso de los dispositivos digitales puestos a su disposición por el empleador, a la desconexión digital y a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y geolocalización en los términos establecidos en la legislación vigente en materia de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales”.
¿Qué dice la Agencia Española de Protección de Datos?

La Agencia Española de protección de datos (AEPD) hizo un informe en el cual habla del uso del GPS para controlar la actividad de los trabajadores en el horario laboral e indica unas pautas a seguir como son:
- El fichero de datos debe declararse en el Registro General de Protección de Datos de la AEPD
- En caso de que haya una relación laboral no debe aplicarse el principio de consentimiento del empleado, solo darle la información sobre quien será el responsable del tratamiento de datos, para que se utilizarán y que puede ejercer sus derechos según lo establecido en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679).
¿Cuándo se puede obligar a usar GPS en el trabajo?
Además, la empresa te puede obligar a utilizar un localizador GPS cuando:
- Los datos obtenidos por el sistema de localización van a ser solamente para fines profesionales.
- Los dispositivos/coches en los que se instalen estos dispositivos son de la empresa, eso sí, como empleado/da no te pueden obligar a utilizar tus propios dispositivos para el trabajo con estos fines ni facilitar tus datos privados provenientes de estos.
- Los dispositivos GPS se activarán al empezar el horario laboral y se desactivarán cuando se termine dicho horario
- Previo aviso de que se va a instalar rastreadores GPS en los dispositivos o coches.
Cuando es ilegal la localización por GPS por parte de la empresa
Con que fines se suele utilizar la localización GPS en los trabajos
Aumenta la satisfacción y seguridad de cara al cliente, ya que puede consultar en tiempo real donde está la persona que le va a entregar ya sea un servicio sobre todo aquellos adquiridos de forma online.
Para poder localizarse entre los compañeros, y en el caso de que uno tenga una avería será mucho más sencillo organizar que otro se acerque a cargar la mercancía que este porte o dar el servicio acordado, en definitiva para cumplir con el trabajo que el compañero no ha podido terminar.
Permite controlar mejor el tiempo que cada trabajador tarda en realizar un trabajo o una ruta, esto es aprovechado por algunas empresas para apurar a sus trabajadores aumentando así el riesgo a sufrir un accidente en la carretera.
Derechos ante la recopilación de datos
El derecho a la intimidad ante el uso de dispositivos de geolocalización a trabajadores en el ámbito laboral
En el artículo 90 de la ley orgánica de protección de datos y garantía de los derechos digitales habla de la localización por medio de los dispositivos de rastreo GPS y se dirige al empresario/empleador diciendo lo siguiente:
“podrán tratar los datos obtenidos a través de sistemas de geolocalización para el ejercicio de las funciones de control de los trabajadores o los empleados públicos previstas, respectivamente, en el artículo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores y en la legislación de función pública, siempre que estas funciones se ejerzan dentro de su marco legal y con los límites inherentes al mismo “.
También se ha de informar a los trabajadores que pueden acceder estos datos para su rectificación, supresión, limitación de tratamiento, portabilidad u oposición.
¿Qué datos se pueden recoger con un localizador GPS?
Los datos que se recojan tienen que ser estrictamente laborales, por ejemplo:
¿Cuánto tiempo pueden guardar toda la información recopilada?
Para no vulnerar los derechos del trabajador también hay una serie de políticas de conservación de los datos obtenidos, por ello la información obtenida se pude guardar durante 2 meses, aunque pueden darse casos en los que se pueden conservar durante más tiempo, pero será en los siguientes casos:
- Si estos datos sirven para demostrar la realización de un servicio y no se puede aportar ninguna otra evidencia por otros medios en ese caso se puede conservar hasta 1 año.
- Si para esta situación hay una reglamentación especifica que lo prevea, durante el tiempo que esta lo indique.
- Si con la intención de optimizar todas las rutas, se utiliza para guardar un histórico con todos los desplazamientos, en este caso la información también se puede guardar durante un año.
La seguridad en los datos de localización geográfica
Las medidas a tomar son nivel básico ya que los datos recogidos no son considerados de nivel medio o alto, los responsables tienen que tomar las medidas necesarias tanto a nivel técnico como organizativo para garantizar la seguridad, integridad y confidencialidad de los datos recogidos mediante el dispositivo rastreador.
Las medidas a tener en cuenta son:
- Ámbito de aplicación del documento con especificación detallada de los recursos protegidos.
- Medidas, normas, procedimientos y reglas dirigidos a garantizar el nivel de seguridad exigido en este Reglamento.
- Funciones y obligaciones del personal.
- Estructura de los ficheros con datos de carácter personal y descripción de los sistemas de información que los tratan.
- Procedimiento de notificación, gestión y respuesta ante las incidencias.
- Los procedimientos de realización de copias de respaldo y de recuperación de los datos.
También se van a evaluar los métodos de identificación y autenticación, control de accesos, así como la gestión de soportes, copias de respaldo y recuperación.
Puedes descubrir más contenido informativo en los siguientes post:








